Detalles de la carrera
PROVINCIA DEL CHACO
Resistencia, 22 de diciembre de 2014
La Resolución N° 7507/14 M.E.C.C. y T. que aprueba el Diseño Curricular de la Carrera de Profesorado de Educación Secundaria en Inglés; y
CONSIDERANDO: Que la Ley de Educación Nacional asigna al Ministerio de Educación Nacional y a las Autoridades Jurisdiccionales competentes, la responsabilidad de asegurar los principios de igualdad e inclusión educativa mediante acciones que permitan alcanzar resultados equivalentes en el aprendizaje de todos los ciudadanos independientemente de su situación social; Que en ese sentido el Diseño Curricular para la formación del docente Profesor/a de Inglés legitima un proyecto cultural, político y social, construido por los actores desde el territorio e inscripto en un contexto federal de Políticas Educativas en el ámbito del Consejo Federal de Educación y del Instituto Nacional de Formación Docente; Que se hace necesario sintetizar en un documento los datos generales del Diseño antes mencionado, detallando la denominación de la carrera con el correspondiente título y duración en años como así también la presentación de las Unidades Curriculares en formato de Plan de Estudios, con la correspondiente carga de horas cátedra semanales y horas reloj; Que la Resolución N° 1588/2012 Ministerio de Educación requiere para la correspondiente solicitud de validez nacional, de una norma que determine en que Instituciones, inscriptas en el Registro Federal, se implementará cada diseño curricular aprobado Jurisdiccionalmente; Que por consiguiente es necesario determinar en qué Institutos de Educación Superior de la Provincia se desarrollará la carrera de Carrera de Profesorado de Educación Secundaria en Inglés y a partir de qué cohorte;
Que es necesario el dictado del presente instrumento legal;
EL MINISTRO DE EDUCACION, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGíA R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- DETERMINAR que el Plan de Estudios de la Carrera de Profesorado de Educación Secundaria en Inglés es el que obra en el Anexo I de la presente con la correspondiente carga de horas catedra y reloj anuales.
ARTICULO 2°.- ESTABLECER que los Institutos de Educación Superior en los que se implementará el Plan de Estudios mencionado precedentemente, se detallan con la correspondiente cohorte de inicio, en el Anexo II de la presente.
ARTíCULO 3°.- REGISTRAR, comunicar y archivar.
RESOLUCION N° 7618/14 - M.E.C.C.y T.
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